domingo, 5 de febrero de 2012

RESOLUCION MUNICIPAL Nº 016/11

VISTO:


La necesidad de reglamentar sobre el sentido de circulación vehicular de las calles de nuestra localidad, Y…

CONSIDERANDO:

QUE, las calles de la localidad de San Antonio, no cuenta con la determinación correcta para la circulación vehicular;

QUE, las calles si cuentan con las numeraciones correctas que determina de esa manera la ubicación de los mismos;

Que, es necesario determinar el sentido de circulación, ya que de esa forma se regulariza y se ordena el transito en la planta urbana, abarcando de esta manera las 100 manzanas dentro de la jurisdicción municipal;

QUE, debido a la gran afluencia vehicular existente en la localidad, y la peligrosidad que puede ocasionar al ciudadano común, quien circula diariamente nuestras calles;



POR TODO ELLO

EL INTENDENTE DE SAN ANTONIO-APIPE GRANDE

RESUELVE

Art. 1º- DETERMINAR, que la calle Nº 02, desde calle Nº 03 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur y viceversa.-

Art. 2º- DETERMINAR, que la calle Nº 04, desde calle Nº 03 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur .-

Art. 3º- DETERMINAR, que la calle Nº 06, desde calle Nº 03 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano sur-norte.-

Art. 4º- DETERMINAR, que la calle Nº 08, desde calle Nº 03 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur.-

Art. 5º- DETERMINAR, que la calle Nº 10, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur y viceversa.-

Art. 6º- DETERMINAR, que la calle Nº 12, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur y viceversa.-

Art. 7º- DETERMINAR, que la calle Nº 14, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano sur-norte.-

Art. 8º- DETERMINAR, que la calle Nº 16, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur.-

Art. 9º- DETERMINAR, que la calle Nº 18, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano sur-norte.-

Art. 10º- DETERMINAR, que la calle Nº 20, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano norte-sur.-

Art. 11º- DETERMINAR, que la calle Nº 22, desde calle Nº 01 hasta calle Nº 21, tenga sentido de circulación de mano sur-norte y viceversa.-

Art. 12º- DETERMINAR, que la calle Nº 01, desde calle Nº 10 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste y viceversa.-

Art. 13º- DETERMINAR, que la calle Nº 03, desde calle Nº 04 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano oeste-este.-

Art. 14º- DETERMINAR, que la calle Nº 05, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste y viceversa.-

Art. 15º- DETERMINAR, que la calle Nº 07, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste.-

Art. 16º- DETERMINAR, que la calle Nº 09, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano oeste-este.-

Art. 17º- DETERMINAR, que la calle Nº 11, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste.-

Art. 18º- DETERMINAR, que la calle Nº 13, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano oeste-este.-

Art. 19º- DETERMINAR, que la calle Nº 15, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste.-

Art. 20º- DETERMINAR, que la calle Nº 17, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano oeste-este.-

Art. 21º- DETERMINAR, que la calle Nº 19, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste.-

Art. 22º- DETERMINAR, que la calle Nº 21, desde calle Nº 02 hasta calle Nº 22, tenga sentido de circulación de mano este-oeste y viceversa.-

Art. 23º- LA, presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario General.-

Art. 24.- COMUNIQUESE, dese el estudio correspondiente, y archívese.-



DADA EN LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE APIPE GRANDE A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE.-

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