sábado, 31 de mayo de 2014

Yacyretá nuevamente es noticia por denuncias de ambientalista

Después de los informes que vuelven a circular en las redes sociales de la supuesta fisura de la Represa de Yacyretá, con toda las hipótesis de catástrofe que ocasionaría en caso de romperse la obra, el sitio oficial de la E.B.Y. reflota un informe emitido en el año 2012 con fecha actual con el objetivo de revertir las opiniones del grupo ambientalista dirijido por el Ing. Ríos. Si bien trata de llevar claridad, es la parte oficial de un tema que pone en vilo a varias provincias del litoral argentino.
En agosto del año 2012, se daba cuenta del fallo de la Justicia Federal, bajo el titular: Yacyretá, Juez federal descalifica a “expertos” y dice que no tuvieron mala intención sino que no saben.
En un fallo en el que da por “falsos” los supuestos informes técnicos de presuntos ambientalistas que decían haber encontrado una “grieta” en la presa de Yacyretá y vaticinaban inundaciones de ciudades aguas abajo hasta sumergir al Obelisco de Buenos Aires, el juez federal de Corrientes Carlos V.Soto Dávila da por infundada la denuncia de la organización llamada Unión Ambientalistas de Corrientes (Unamco). Determina inclusive que esa entidad tampoco está registrada como tal en la vecina provincia. 
Tras una pormenorizada investigación el Juez llega a la conclusión que “no existen fisuras en la represa de Yacyretá, y mucho menos riesgo de rotura alguna e inundación para las ciudades que se ubican aguas abajo”. Hubo medios que se hicieron eco de la descabellada versión y hasta graficaron –dibujaron- que las aguas llegarían a tapar el Obelisco.
Soto Dávila no sólo descarta la fisura –que en realidad es una junta de construcción- sino también los tremendistas anuncios de un geólogo que hasta llegó a hablar de terremotos y propuso bajar la cota de Yacyretá 5 metros. Pero asume una actitud benevolente con los autodenominados ambientalistas y dice que no tuvieron intención de intimidar a la población. Y se limita a reprenderlos. Les dice que fueron negligentes al erigirse en supuestos expertos, no siendo tales y realizaron manifestaciones “carentes de sustento técnico”.
La acciones se iniciaron a partir de una denuncia de la apoderada de la EBY, María Piedad Conde “ante la aparición mediática de miembros de la agrupación ambientalista Unamco, quienes habrían dicho que la represa Yacyretá presentaría grietas y fisuras en la base de la mega represa, manifestando además que contarían con una filmación subacuática”. Y puso a disposición del Juzgado “la documentación, personal técnico y los estudios que periódicamente se realizan en la represa, a los fines de contar con una correcta valoración del estado de la obra”.
A partir de allí se dispara una minuciosa investigación del Juez tomando declaración a los dirigentes de la entidad presentada como “ambientalista”, requiriéndoles la documental que decían poseer para fundar sus dichos.  Documental que se demostró malinterpretada por los autores de la versión de la “grieta”, ya que lo que ellos llamaron “fisura” era, en realidad, una junta de construcción destinada a soportar condiciones de crecidas del río cuando hay mayor presión. Esto es, técnicamente correcta. Igualmente se toman en consideración las inspecciones subacuáticas realizadas por la Eby en el 2009-2010, las consultas e informas del Instituto Nacional de Prevención Sísmica. Todo lo cual refuta las “denuncias” de los ambientalistas. A los que, no obstante, el juez no encuentra incursos en el artículo 211 del Código Penal que contempla: “será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos (…)”.
Porque a su entender “es requisito ineludible para la configuración del delito, la presencia de la intencionalidad por parte de los miembros de las organizaciones ‘ambientalistas’ (el encomillado pertenece al juez) de generar temor público, ya que por sus escasos conocimientos técnicos de la construcción de la obra habrían incurrido en una errónea interpretación de lo visto en la filmación. Que, por otra parte habría sido realizada por la propia Entidad Binacional y por lo tanto previamente analizada por los organismos de control de la entidad.
“Así, debe descartarse la figura penal mencionada -continúa el juez- si bien no puede dejar de ponerse de manifiesto la actitud negligente de supuestos ‘expertos’ que no son tales, quienes bajo el amparo de pertenecer a organizaciones que ni siquiera están registradas, hacen manifestaciones carentes de sustento técnico, pudiendo esta conducta generar un ánimo diferente para aquel desprevenido que tome sus dichos como ciertos”, precisa.

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